Las herencias y los impuestos son dos aspectos inevitables en la vida, ya que están estrechamente entrelazados en la transferencia de patrimonio de una generación a otra. A menudo, el proceso de recibir una herencia o dejar cierto patrimonio a seres queridos se ve influenciado por una serie de factores, y uno de los más prominentes es el aspecto tributario.
Un momento tan complejo a nivel emocional se vuelve aún más difícil en ocasiones por las complicaciones burocráticas y tributarias que conlleva.
El impuesto de sucesiones se aplica a esta la transmisión de bienes y derechos tras la muerte de un familiar o cercano, haya o no testamento. Es un impuesto que se debe abonar antes de recibir la herencia y que funciona de forma directa, personal y progresiva; lo que implica que a más se hereda, más se paga.
Pero el hecho de pagar el impuesto antes hace que muchas personas se vean obligadas a renunciar a la misma por no tener el dinero para afrontar este gasto, puesto que se suma a otros como el de la asesoría, notaría o incluso otros impuestos municipales.
Para solventar esto a la hora de realizar una herencia existe una cláusula que es clave; se trata de incluir en el texto la libre disposición de la herencia. De este modo, los herederos podrán emplear el dinero de las cuentas corrientes del fallecido para pagar estas tasas. En caso de que sobre, se repartirá a partes iguales.
Es necesario que se nombre a uno de los herederos como administrador, para que sea quien gestione todos los pagos, quien tendrá que justificarlos correspondientemente.
La libre disposición está tipificada por el Código Civil y hace referencia a un tercio que compone una herencia, permitiendo destinar a la persona que el testador quiera, sin ter que ser familia directa.
Herencia con deudas
Es importante entender que una herencia incluye no solo los bienes o dinero, también entran los derechos y obligaciones de la persona causante; lo que abarca además las deudas. Por lo que si el fallecido deja una deuda, los herederos tienen la obligación de hacerse cargo de la misma.
Esta situación lleva en muchas ocasiones al rechazo de la herencia. Por ello mismo existe la opción de aceptación a beneficio de inventario, que también merece la pena barajar en estos casos.
Significa, ni más ni menos, que quien hereda no tendrá la obligación de pagar las deudas y demás cargas de la herencia si no hasta dónde alcancen los bienes de la misma. Con ello, se le pone un límite a la deuda: hasta el patrimonio de la transmisión. Asimismo, los impagos se liquidan con los bienes de la herencia y el restante será para los herederos.