Qué pasa en una herencia si hay hijastros o hijos de otras relaciones

La vida siempre te da otra oportunidad, también en el amor, y es de lo más frecuente experimentar más de una relación estable y tener hijos de diferentes relaciones. En España, más del 50% de los matrimonios se acaban separando, según un estudio del Observatorio Demográfico CEU, lo cual muestra que las relaciones no tienen por qué ser para siempre.

En estos casos es muy común o tener hijos de distintos padre o madre o que tu pareja tenga un hijo de una relación anterior, lo que vendría a ser un hijastro. Esto abre una nueva duda sobre cómo afectan estas situaciones a la hora de heredar o realizar un testamento.

Hijos de diferentes relaciones

En el primer supuesto, de haber tenido hijos con diferentes parejas, hay que dejar claro que el Código Civil no hace ningún tipo de diferencia entre los hijos de una misma persona, pertenezcan a un matrimonio o relación diferentes.

Todos los hijos son iguales ante la ley y tienen los mismos derechos, siempre y cuando sean reconocidos y tengan la filiación. En caso de no ser hijos reconocidos, estos podrían emprender un recorrido judicial para su reconocimiento que, de darse por válido, acabaría afectando a la herencia.

Hijastros o hijos de solo uno de los miembros de la pareja

Otra circunstancia es que tu pareja tenga un hijo de una relación anterior, donde la situación es algo más compleja y todo dependerá de la voluntad del testador.

Cabe recordar que cualquier herencia se divide en tres partes. Por un lado, está la legítima, que es el tercio de la herencia que corresponde por ley a los herederos forzosos. No depende de las voluntades, sino que se puede reclamar judicialmente y está regulada por el Código Civil.

Esto incluye a hijos y descendientes o, si no los hubiera, padres y ascendientes directos o cónyuge. En caso de que haya más de un heredero, este tercio se divide a partes iguales.

Existe otro tercio, la mejora de la legítima, por la que se puede precisar en el testamento que uno de los herederos reciba más cuantía de la herencia, pero si no se expresa específicamente en el testamento, se reparte de forma equitativa entre todos los herederos.

Por último, está el tercio de libre disposición, por el que el testador puede dejar parte de su herencia a  quien quiera, sin necesidad de ser familiar.

Es importante entender que un hijastro no reconocido legalmente como hijo adoptivo no tiene ningún derecho sobre la herencia, por lo que si el testador quiere hacerlo heredero, debe ser mediante el tercio de libre disposición del testamento.

Otra cuestión distinta son los bienes gananciales que correspondan a ambos miembros de la pareja y, por tanto, vaya a heredar también el hijo del cónyuge.

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